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27/4/2010
Protección de Datos avala que no se le entreguen las nóminas a la oposición
No obstante, reconoce el derecho del PP a obtener «información desglosada e individualizada» de los salarios
Ni para el gobierno local ni para la oposición. El informe de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) sobre la solicitud del PP de disponer de «copia de todas as nóminas que se abonan polo Concello e os seus organismos autónomos, entidades empresariais e sociedades correspondentes ao mes de xaneiro do 2010» concluye dando la razón a ambas partes. Al gobierno local, porque avala su tesis de que las nóminas contienen información personal de los trabajadores del Concello y no deben facilitársele copias a todos los concejales. Y a la oposición, porque dicho lo anterior se reconoce su derecho a disponer de «información desglosada e individualizada» de las retribuciones satisfechas por el Concello.
El propio director de la Agencia, Artemi Rallo Lombarte, advierte en el escrito remitido al Concello que el informe «no tiene carácter vinculante».
La polémica sigue abierta
Así las cosas, la polémica abierta desde que a principios de marzo el PP presentara su solicitud en el Registro Municipal parece lejos de cerrarse.
El informe, firmado por el abogado del Estado Agustín Puente, jefe del gabinete jurídico de la AEPD, especifica que «los concejales tienen derecho a acceder a la información referida a las retribuciones de todos los funcionarios». Esta afirmación está amparada por la ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal y al tratarse de una norma con rango de Ley «no puede considerarse que el eglamento orgánico del pleno pueda impedir la cesión, ni que los datos no hayan de ser cedidos por el hecho de encontrarse publicadas las percepciones en el Presupuesto municipal».
No obstante, la AEPD considera que el acceso a los datos «debería limitarse a aquellos que resultaran adecuados, pertinentes y no excesivos». En este sentido, comparte la tesis del gobierno municipal de que en las nóminas aparecen junto a los datos retributivos otros como el domicilio fiscal, la cuenta corriente e incluso información relativa a la afiliación sindical, «que no resultan relevantes para el desarrollo de la función de control que a los concejales atribuye la legislación de régimen local».
Sin embargo, lo anterior no choca con que los concejales «tengan derecho a acceder a toda la información referida a las retribuciones del personal, con el adecuado desglose de todos los conceptos retributivos satisfechos». Ahora bien, el acceso a las nóminas «puede implicar el conocimiento por el concejal de datos exclusivamente referidos al propio interesado que resultan irrelevantes opara el ejercicio de las funciones de control».
«Sin exhibir los documentos»
Dicho todo lo anterior, el informe del abogado del Estado concluye que «la respuesta que debe darse a la consulta [del gobierno local] será la de que la Corporación deberá facilitar al concejal [del PP] información desglosada e individualizada de las retribuciones satisfechas, aunque sin para ello exhibir los documentos de nómina, a fin de que el acceso no se produzca a datos que resultan irrelevantes para el ejercicio de la función de control que legitima la cesión».
Es decir, que el PP tiene derecho a conocer en detalle los sueldos, pero no a disponer de copia de las nóminas. Una decisión salomónica -aunque no vinculante- de la Agencia Española de Protección de Datos.
Fuente: Lavozdegalicia.es |
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